Los tipos de baja laboral que existen

Las personas, a lo largo de su vida, pueden padecer enfermedades, sufrir accidentes y otras cuestiones que les impidan ejercer su trabajo durante un período de tiempo. Cuando esto ocurre, el médico de cabecera de la Seguridad Social hace un diagnóstico y valor si es necesario, o no, expedir una baja. Desde nuestra gestoría nos encargamos de asistirte en este y otros trámites. Hoy te contamos cuáles son los tipos de baja laboral que existen.

¿Qué es una baja laboral?

La baja laboral es un período de tiempo en el que un trabajador puede ausentarse, de forma justificada, de su puesto de trabajo. Las enfermedades y accidentes no son los únicos motivos para ausentarse del puesto de trabajo, pues dentro de los tipos de baja laboral encontramos las situaciones excepcionales como la maternidad y la paternidad.

La baja es un derecho de todos los trabajadores y encuentra su fundamento legal en el Real Decreto 625/2014, de 18 de julio. En esta disposición se regulan ciertos aspectos de la gestión y el control de los procesos por incapacidad temporal.

La baja se caracteriza porque, mientras dure, el trabajador cesa sus obligaciones con la empresa, pero sigue cotizando. Cabe destacar que cuando se trata del pago a los trabajadores, este lo hace la Seguridad Social o la Mutua colaboradora, pero depende del tipo de baja del que se trate. La Seguridad Social y/o la Mutua son los que sufragan el importe económico mensual que le corresponde al trabajador.

La baja por enfermedad común es uno de los tipos de baja laboral más habituales

Por otra parte, durante el tiempo que la baja sea efectiva, el trabajador debe acudir a las revisiones médicas pertinentes y hacer todo lo posible para recuperarse. Además, en caso de que la recuperación sea lenta y si la baja está por prescribir, el médico de cabecera puede renovarla.

Las principales causas de baja temporal

En nuestro país, las causas más habituales de baja temporal son las siguientes:

  • Problemas músculo-esqueléticos. Este es el grupo al que pertenecen, las lesiones como esguinces, fracturas, etcétera.
  • Situaciones de estrés, ansiedad y depresión.
  • Dolor de espalda y lumbalgia.
  • Gripe.
  • Enfermedad grave de un familiar en primer grado.
  • Artritis.
  • Diabetes.

Aunque son las causas más comunes, es importante señalar que hay otros motivos que pueden llevar al trabajador a la baja temporal. Por ejemplo, las hospitalizaciones y accidentes.

¿Cuáles son los tipos de baja laboral?

Por enfermedad común

Este es uno de los tipos de baja laboral más habituales y lo expide el médico de cabecera cuando se trata de enfermedades que no se relacionan con el ámbito laboral. A este grupo pertenecen las gripes y lumbalgias y hasta complicaciones durante el embarazo.

La baja por enfermedad común no puede superar los 365 días, sin embargo, en caso de necesitar expedir una prórroga, esta solo podrá tener una duración de 180 días. En caso de necesitar más tiempo, entonces deberá valorarse si el trabajador necesita una incapacidad permanente o si existe la posibilidad de reincorporación a la empresa.

En este tipo de baja, los primeros tres días, el trabajador no cobra nada, pero, a partir del cuarto día y hasta el 15, es la empresa quien abona un 60% del salario; a partir del día 21, la Seguridad Social o la mutua son quienes deben cubrir el salario del trabajador y que asciende al 75%.

Por enfermedad profesional

La baja por enfermedad laboral se expide cuando el trabajador, en el desempeño de sus funciones, se ve sometido a situaciones de estrés, depresión y ansiedad. También pertenecen a este tipo de bajas los dolores de espalda ocasionados por una mala postura e incluso la fatiga visual.

Por accidente laboral

La baja por accidente laboral se le concede al empleado que sufre un accidente o percance mientras realiza sus funciones dentro de la empresa. Sin embargo, también se incluyen los accidentes que pueda sufrir el trabajador durante los desplazamientos de su hogar al trabajo y viceversa. En este caso, es la mutua de la empresa la que debe sufragar el salario del trabajador que se coloca en un 75%.

Tipos de baja laboral: Por maternidad o paternidad

Como ya adelantamos, la maternidad y paternidad se consideran un tipo de baja laboral excepcional. La baja por maternidad y paternidad tiene una duración de 16 semanas y cuenta con una remuneración del 100% del salario. Para poder pedir este tipo de baja, los progenitores deben estar dados de alta en la Seguridad Social como trabajadores, como autónomos o ser beneficiarios de un subsidio por desempleo. Además, es imprescindible haber cotizado durante un período mínimo de tiempo.

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