Cuando una persona muere, además de todas las gestiones, es necesario afrontar lo que ocurrirá con la herencia. Pero, a la hora de hacer el cobro de esta, los herederos se ven en la obligación de pagar el impuesto de sucesiones. Desde Gestoría en Valladolid te contamos qué ocurre si no lo pagas y qué puedes hacer en caso de no contar con el importe necesario para correr con este gasto.
¿Qué es el impuesto de sucesiones?
El impuesto de sucesiones es el tributo que se paga para poder cobrar una herencia. La herencia es algo que se asocia a una serie de obligaciones a las que deben hacer frente los herederos. Y es que, precisamente, los herederos son los que tienen que hacer el cálculo de cuánto toca pagar a Hacienda y hacer el ingreso correspondiente. Pero, desde Gestoría en Valladolid te ayudamos con este trámite, para que todo sea más fácil.
¿Y qué ocurre si no se paga este impuesto? Primero que nada, debes saber que este tributo se liquida no en el lugar en el que resida el heredero, sino en donde vivía la persona que ha fallecido. Por otra parte, el plazo para hacer la liquidación es de seis meses, que pueden prorrogarse por otros seis meses. Es importante destacar que, cuando la liquidación se hace durante la prórroga, las Comunidades Autónomas eliminan las bonificaciones fiscales asociadas.

¿Y si no pagas el impuesto?
Muchas personas se decantan por no pagar directamente el impuesto y es un error. Si no pagas el impuesto de sucesiones, ocurre lo mismo que si no pagas cualquier otro tributo. Básicamente, se generan intereses y, a la larga, sanciones por el retraso del pago de la cantidad debida. La sanción económica que imponen las autoridades puede ser de entre el 50 y el 150% de la cuota que no se ha pagado. Sin contar posibles recargos que varían de un 5 a un 20%.
Vayamos por partes. El impuesto asociado a una herencia se paga a través de una autoliquidación. Esto significa que el heredero es quien reconoce la deuda ante Hacienda y hace el cálculo correspondiente. Pero no basta con presentar la autoliquidación, sino que también es necesario adjuntar el testamento, el certificado de defunción y el de últimas voluntades.
Cuando se presenta la autoliquidación, pero el heredero no hace el pago, no se enfrenta a sanciones económicas. Sin embargo, sí que deberá pagar los intereses por demora, así como el recargo correspondiente. El porcentaje de este recargo varía en función del tiempo que transcurra desde que el pago debe realizarse.
El caso de los coherederos
Puede ocurrir que una herencia se reparta entre varias personas a las que se les denomina coherederos. Por lo tanto, todos tienen la obligación de pagar el impuesto de sucesiones. En este caso, no es que el pago sea conjunto, sino que se hace una autoliquidación por cada heredero existente. Cuando uno de estos no cumple con la obligación fiscal, el resto no tiene que hacerse responsable del pago ni es acreedor de sanciones, intereses y recargos. Solo deberá hacerse responsable aquel heredero que no hubiese pagado.
¿Y si no se puede pagar el impuesto de sucesiones?
No todas las personas pueden hacerse cargo del impuesto de sucesiones. Si este es tu caso, no te preocupes, pues la Administración Pública cuenta con varios mecanismos para aplazar o fraccionar el pago, de manera que no seas acreedor de sanciones y recargos.
Por otra parte, es posible pagar el impuesto con el mismo dinero recibido de la herencia, en caso de que se haya heredado un importe en metálico. Si se quiere pagar con el dinero de la herencia, entonces es necesario notificar al banco donde el dinero se encuentre depositado. Es la propia entidad financiera la responsable de emitir un cargo a favor del Tesoro Público por el importe correspondiente.
Otras alternativas son:
- Plan de pagos. Cuando el impuesto no se puede pagar en el plazo correspondiente, se pide la prórroga. La prórroga solo puede pedirse antes del quinto mes desde que se produce el fallecimiento.
- Fraccionamiento. Algunas Comunidades Autónomas ofrecen la posibilidad de fraccionar el impuesto. Los plazos varían en función de la comunidad.
- Aceptar la herencia a beneficio de inventario. Cuando la herencia no solo consiste en bienes, sino también tiene deudas, los herederos pueden decidir responder a estas deudas no con sus bienes, sino con la herencia hasta donde alcance el patrimonio.
- Negociar con los herederos o vender la herencia. Dependiendo de lo que se herede, es posible negociar con otros herederos. Esto suele aplicarse, por lo general, a los bienes inmuebles. Cuando se hereda una propiedad y no se puede pagar el impuesto de sucesiones, es posible vender el inmueble para cumplir con la obligación fiscal con el dinero de la venta.
- Donación de los bienes. En este caso, se donan los bienes a una organización benéfica para reducir el importe del impuesto.