Qué es un contrato de comisión, tipos y ejemplos

El contrato de comisión se encarga de regular operaciones esporádicas, que no son habituales y en las que una parte pide a otra que realice una actividad puntual, a cambio de una comisión. Este tipo de contrato mercantil y suele confundirse con el contrato de agencia, pero se trata de dos acuerdos diferentes.

¿Qué es el contrato de comisión mercantil?

Cuando una empresa o negocio quiere aumentar sus ventas y expandirse, es muy habitual pedir a otra empresa, negocio o persona que venda sus productos a cambio de una comisión. En consecuencia, puede celebrarse un contrato de agencia o uno de comisión.

En el caso del contrato de comisión, dos comerciantes o un comerciante y una persona, colaboran. El comisionista se obliga a realizar, por encargo y cuenta de la otra parte, el comitente (llamado también comisionante), una o varias operaciones de carácter mercantil. A cambio de llevar a cabo esta operación, se lleva una comisión que se pacta previamente.

El contrato de comisión se encuentra regulado en el Código de Comercio y tiene al Código Civil como legislación complementaria. Pero es importante tener en cuenta que, además, según la materia de que se trate el encargo, también debe aplicarse una normativa específica. Como por ejemplo, si se trata de operaciones relacionadas con la banca, los seguros, el mercado de valores, etcétera.

El contrato de comisión es de carácter mercantil

Obligaciones de las partes del contrato de comisión

Un contrato de comisión se caracteriza porque debe ser consensual, es decir, un acuerdo entre las partes. Esto hace que, además, no sea obligatorio que esté por escrito, sin embargo, lo más recomendable es celebrar un acuerdo con la firma de ambas partes. El contrato debe ejecutarse con buena fe y respetando los derechos y obligaciones de las partes, salvo pacto en contrario.

Obligaciones del comitente

El comitente es la parte que pide a otra que ponga en venta algún producto, por ejemplo. Sus obligaciones son sencillas:

  • Pagar la comisión a la otra parte.
  • Pagar los gastos.

Además, tiene derecho a revocar el contrato de comisión en cualquier momento. Esta revocación acarrea la obligación de pagar las gestiones practicadas antes de comunicar a la otra parte su deseo de extinguir la relación contractual.

Obligaciones y derechos del comisionista

El comisionista es la persona que se encarga de ejecutar lo dispuesto por la otra parte. El mayor beneficio que obtiene es la comisión que recibe por prestar sus servicios o instalaciones. Dentro de sus obligaciones se encuentran:

  • Responder por los daños y perjuicios derivados de la no ejecución del mandato.
  • Realizar la rendición de cuentas correspondiente.
  • Custodiar las mercancías que reciba.
  • No puede operar contrario a lo que el comitente pide. Tampoco se pueden desviar fondos para fines distintos, retrasar la cobranza o comprar a precios más caros que los del mercado.
  • No es posible delegar, salvo que exista una cláusula que lo permita.
  • Prohibición de confundir mercancías de distintos dueños.
  • No puede vender a plazos o a crédito sin la autorización del comitente.

Cabe destacar que el comisionista puede no iniciar el encargo si no le han provisionado los fondos acordados previamente. Además, puede garantizar el fondo, siempre y cuando exista una comisión llamada «de garantía». Por último, el comisionista, así como sus instalaciones y personal son independientes y el comitente no puede intervenir en ellos; además, no está obligado a prestar sus servicios a una única persona y/o empresa.

Una parte accede a vender los productos de otra a cambio de una comisión

El intermediario en el contrato de comisión

El comisionista recibe el pago de una cantidad pactada, a cambio de prestar sus servicios de representación comercial. Aunque no es obligatorio que este contrato cuente con un documento escrito (puede ser público o privado), se dice que puede firmarse una segunda comisión que se llama de garantía, pues el comisionista se hace responsable del buen fin de la operación, si hay un incumplimiento por parte de terceros.

El contrato de comisión por intermediación aparece cuando el comisionista desempeña la comisión en su nombre o como representante de un cliente. Cuando actúa en nombre propio realiza el negocio por sí mismo; los terceros que quieran celebrar una relación contractual lo hacen directamente con él y él responde ante ellos.

Sin embargo, cuando obra como intermediario, debe expresarse claramente en el contrato, en caso de que el contrato sea por escrito. Cuando es un intermediario se entiende que habrá una tercera o terceras personas involucradas en la prestación de servicios o compraventa de un producto.

Las partes del contrato de comisión de venta

Este tipo de contrato debe incluir una serie de elementos básicos. Es así como el documento debe incluir las siguientes cláusulas:

  • El objeto del contrato de comisión. Es decir, los bienes o servicios a vender.
  • Las formas de actuación del comisionista. Si actúa en nombre propio o en representación del comitente.
  • La entrega de fondos con carácter previo al desempeño de la comisión.
  • Las condiciones de venta, en caso de existir. Se determina si el comisionista está sujeto a instrucciones aportadas por la otra parte para poder llevar a cabo el encargo.
  • Si se trata de una compraventa de lote completo y la fecha máxima para realizarla.
  • El precio mínimo por el que el comisionista está autorizado para la celebración del contrato.
  • El importe a pagar del comitente al comisionista.
  • La fecha de guardia y custodia de los bienes. Se debe establecer un período específico.
  • Las obligaciones de las partes.

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